El Consejo Municipal de Derechos del Niño, Niña y Adolescente del municipio Guaicaipuro (Cmdnna), a través de su presidenta, Carmen Rojas, informa a todas aquellas personas que requieran salir del territorio nacional, que deben cumplir con los siguientes requisitos:
Para la solicitud de viaje fuera del país: cuando el padre o la madre se encuentra fuera el país y no dejó un poder amplio y suficiente.
Debe tramitar un permiso de viaje, a través del Consulado de Venezuela en el país que resida y con este documento apostillado o notariado, según los convenios Internacionales vigente, enviarlo al otro padre con quien se encuentre el niño, niña o adolescente, (N.N.A) para que realice el viaje.
Tramitar ante la Defensoría Pública o un abogado privado una autorización de viaje, debidamente notariado.
Este tipo de permisos de viaje no requiere pasar por el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, basta con el documento ya mencionado, acta o partida de nacimiento del menor en original y pasaporte del mismo, para efectuar el viaje vía terrestre, aéreas o marítimas. Excepción: de encontrarse ambos (padre y madre) fuera del país, la persona responsables a viajar en compañía del (N.N.A), además de lo anterior debe tramitar el permiso de viaje ante el Consejo, de fallecer el padre o la madre, poseer acta de defunción, en original y copia simple.
Si un Niño, Niña y Adolescente viaja en compañía de la madre o el padre, y el otro se queda en el territorio nacional (Venezuela):
Tramitar ante la Defensa Pública o un abogado privado una autorización de viaje debidamente notariado, el padre que no viaje debe otorgarle un poder amplio y suficiente al padre que viaje con el (N.N.A), el mismo debe estar notariado (puede realizarse por la defensa pública o un abogado privado.
Requisitos para la solicitud de autorización del viaje dentro del País.
Cuando el Niño, Niña o Adolescente va a viajar en compañía de un tercero (abuelos, tíos, primos, madrina, padrino, amigo, etc):
Original y copia de la partida de nacimiento de N.N.A, original y copia de la cédula de identidad del menor si la posee, original y copia de la cédula de identidad del padre o la madre solicitante, original y copia de la cédula de identidad del acompañante, en caso de no viajar solo y copia de la carta de residencia, Rif del o la solicitante.
Este permiso de viaje, se tramita ante el Consejo de Protección de Niño, Niña y Adolescente, a solicitud del padre o la madre del niño. Solo tiene valides dentro del territorio nacional, debe ser firmado al menos por el padre o la madre que le autoriza, el mismo tiene la indicación del destino con las fechas de salida y retorno. Importante: Los padres que deseen viajar con sus hijos de forma conjunta o separada, no requieren del permiso de viaje del Consejo de Protección. Solo deberán poseer la partida o acta de nacimiento del niño que le acompañe.
Si un (N.N.A) viaja en compañía de una tercera persona, o solo al extranjero.
Original y copia de la partida de nacimiento del menor, original y copia de la cédula del niño, original y copia de la cédula de identidad del acompañante (en caso de viajar con un tercero), dos fotos tipo carnet del niño, copia del pasaporte del menor, copia del boleto de ser viaje por vía aérea y copia recibo de luz, Rif carta de residencia.
Los permisos de viaje al exterior, se tramitan ante el Consejo de Protección, lo firman los padres, de no estar uno de ellos o negarse a realizar el acto, dicho permiso podrá tramitase ante el Tribunal de Protección de Niño, Niña y Adolescentes, mediante una autorización Judicial de viaje./NA/jnlm Secretaria de Gestión Comunicacional Alcaldía de Guaicaipuro